El Ministerio de Salud de la Provincia, a través de la Dirección Provincial de Enfermedades Crónicas no Transmisibles, articula acciones con el Ministerio de Salud de la Nación y adhiere a las sugerencias y recomendaciones que emite respecto a la Ley N°27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable.
Esta ley tiene como objetivo garantizar al consumidor/a el derecho a la salud y a la alimentación adecuada, brindando información nutricional simple y comprensible de los alimentos envasados y bebidas para que la decisión del usuario final sea de manera informada.
Desde el Ministerio de Salud de la Nación se implementó como estrategia la colocación de sellos octogonales negros con letras blancas, que deben ocupar el 5% del envase para informar los excesos que el producto contiene. Además se prohibió la utilización de figuras públicas o personajes ficticios en los productos envasados.
En este sentido, se considera de importancia informar a la población sobre el significado de los sellos en los etiquetados frontales de los productos alimenticios.
En letras mayúsculas se informa cada nutriente crítico que el producto tenga en exceso, como puede ser: “EXCESO EN AZÚCARES”; “EXCESO EN SODIO”; “EXCESO EN GRASAS SATURADAS”; “EXCESO EN GRASAS TOTALES”; “EXCESO EN CALORÍAS”.
También, existen otro tipo de advertencias especiales para los productos que no son aptos para niños y niñas, por contener edulcorantes -“CONTIENE EDULCORANTES, NO RECOMENDABLE EN NIÑOS/AS”- o cafeína -“CONTIENE CAFEÍNA. EVITAR EN NIÑOS/AS”.
¿Cuáles son los micro sellos?
El micro sello se encuentra en los productos de tamaño pequeño, como pueden ser las golosinas como caramelos o chicles.
En estos casos, debido a la poca legibilidad que tendrían los sellos informativos, se coloca el mismo octágono con un número, el cual indica la cantidad de nutrientes críticos que tiene en exceso el producto.