Por Williams Sandoval
La población carcelaria de mujeres presenta un crecimiento significativo en el marco del régimen de excepción, según un reporte del Socorro Jurídico Humanitario (SJH) con datos de la Policía Nacional Civil (PNC). La organización señala la criminalización contra las mujeres, así como la afectación psicológica y económica en la familia.
Antes de la implementación de esta medida había 6,700 internas dentro del sistema carcelario del país, pero el régimen de excepción ha capturado a 9,711, con lo que suma un total de 16,411, hasta enero de 2023. Las organizaciones sociales advierten del hacinamiento de las privadas de libertad, que en muchas ocasiones no llegan solas, pues algunas cuidan de sus hijos en los reclusorios.
Además, el Socorro Jurídico Humanitario indicó en su informe que estas mujeres detenidas se encuentran distribuidas en tres centros penitenciarios: Apanteos, Jucuapa e Izalco. Las precariedades en las condiciones en que se encuentran hace obligatorio que las instituciones del Estado deban revisar y darle seguimiento a las necesidades básicas, expusieron.
“Son más de 9,000 casos abiertos que están en detención, sin contar con las 6,000 que están con condena. El impacto es grande. La violencia hegemónica y la violencia institucionalizada contra las mujeres a lo largo de la historia se ha agudizado con la implementación del régimen de excepción. Todas las instituciones están enfocadas en la emergencia de dicha medida”, mencionó Ingrid Escobar, directora administrativa del SJH.
Esta organización también informó sobre la muerte de ocho mujeres en centros penales: Sonia del Carmen López (de 56 años de edad), Rosa Haidé Avilés (76), Noelia Elizabeth García (42), Sandra Yaneth Arrevillaga (42), Fanny del Carmen Morales (36), Sonia Magaly Bonilla (35), Dina Elizabeth Galicia (39) y María Dolores de Alvarado (sin dato).
Requiere cuidado
Silvia Juárez, de la Organización de Mujeres Salvadoreñas por la Paz (Ormusa), mencionó que la situación de las mujeres en los centros de detención es de especial cuidado y que lleva implicaciones directas a la familia, debido a que las mujeres son las principales encargadas del cuidado en el hogar y en otras ocasiones son quienes llevan el sustento.
“En los centros penales de hombres no hay niños, en el de mujeres sí. Solo el abordaje en donde hay niños implica una revisión exhaustiva de las condiciones de las mujeres en privación de libertad. Las mujeres representan hoy el epicentro de los cuidados ¿Qué significa para un país que más de 16,000 mujeres estén en prisión? , es decir, quién cuida en casa, quién asume ese cuidado a los hijos en orfandad o si esa mujer era el sustento”, expuso Juárez.
La situación de las mujeres y los sistemas penitenciarios han sido una situación siempre precaria y abordada en el desconocimiento del abordaje diferencial, agrega Juárez. La no aplicación de las Reglas de Bangkok, que son específicas a mujeres privadas de libertad, es una situación de riesgo, pues se debe considerar la carga reproductiva, condiciones de salud diferenciales de las mujeres, entre otros.
“Esa precarización tendrá como consecuencia niveles de desmejora de las condiciones de vida de las poblaciones, sobre todo en la niñez y adolescencia. Las mujeres en situación del régimen están enfrentando detenciones con situaciones de selección basadas en criterio de discriminación. No advertimos que sea una política dirigida, pero hay una especie de selección eventual, como por ejemplo, si es una mujer lesbiana, si está organizada o si está en otras condiciones, ya eso puede señalar una detención con ensañamiento”, dijo.
Zaira Navas, jefa jurídica del área de Seguridad de Cristosal, mencionó que las políticas públicas deben estar orientadas a la atención a las víctimas y que todo privado de libertad es responsabilidad del Estado. Además, dice que se ha violentado la presunción de inocencia de las mujeres.
“Estas personas solo han ido a una primera audiencia, donde no hay derecho a defensa técnica y mucho menos a defensa material. En términos concretos se vulnera no solo el derecho de defensa, sino la presunción de inocencia”, aseveró.
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