La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) estableció los nuevos criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento, a través de la Resolución 1654/2024 publicada en Boletín Oficial.
La nueva disposición tiene como objetivo garantizar que las personas con discapacidad tengan pleno acceso a sus derechos, por lo que es fundamental “simplificar y desburocratizar los trámites, proporcionando transparencia en los procedimientos de certificación, y asegurando el acompañamiento permanente del Estado, incluyendo la actualización sistemática de datos de personas certificadas, para un seguimiento continuo y adecuado de sus necesidades y sus derechos”.
Los criterios para la emisión del CUD sin vencimiento, conforme Ley 27.711, son:
- Renovaciones previas: Personas que al momento de la evaluación tengan emitidos previamente dos (2) certificados de discapacidad, cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo, haciendo hincapié en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación (CIF).
- Persona mayor: Personas que al momento de la evaluación tengan más de 60 años y mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos 5 años.
- Necesidad de equipamiento permanente: Personas que al momento de la evaluación requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales.
En los casos mencionados se podrá solicitar la actualización del CUD cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás.